Sentencia nº 000266-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 8 de Febrero de 2010

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente1761-2007/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia
RESOLUCIÓN 0266-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 1761-2007/ CPC
EXPEDIENTE 1762-2007/ CPC
(ACUMULADOS)
(Expediente 099-2008-LC C/CPC)
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DENUNCIANTES : SM PERÚ BIENES Y SERVICIOS S.A.C.
ESCRIV EDITORES S.R.LTDA.
DENUNCIADO : BANCO CONTINENTAL
MATERIA : LIQUIDACIÓN DE COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
SUMILLA: se confirma la Resolución 2 del 18 de febrero de 2009, en el
extremo que ordenó al Banco Continental que cumpla con pagar a SM Perú
Bienes y Servicios S.A.C. y a Escriv Editores S.R.Ltda. S/. 4 000,00 y
S/. 6 300,00 respectivamente -correspondientes a los costos del
procedimiento- debido a que los denunciantes cumplieron con acreditar
dichos montos por concepto de servicios de asesoría legal.
Lima, 8 de febrero de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 287-2008/CPC del 13 de febrero de 2008, la Comisión
de Protección al Consumidor (en adelante, la Comisión) declaró fundada la
denuncia interpuesta por SM Perú Bienes y Servicios S.A.C. y por Escriv
Editores S.R.Ltda. (en adelante, los denunciantes) contra el Banco
Continental1 (en adelante, el Banco), debido a que quedó acreditado que el
Banco infringió el artículo 8º del Decreto Legislativo 716, en tanto denegó
injustificadamente a los denunciantes el traslado de sus cuentas bancarias de
una oficina a otra. Consecuentemente, le ordenó al Banco que asumiera el
pago de las costas y costos incurridos por los denunciantes en el
procedimiento en mención. Dicha resolución fue confirmada por la Sala de
Defensa de la Competencia (en adelante, la Sala) mediante Resolución 117-
2008/SC2-INDECOPI del 15 de octubre de 2008.
2. A efectos de solicitar la liquidación de costos respectiva, el 6 de noviembre de
2008 los denunciantes informaron a la Comisión que en el procedimiento
requirieron la asesoría jurídica del abogado Robert Eliseo Torre Tenorio,
cancelando la suma de S/. 7 000,00 en el caso de SM Perú Bienes Servicios
S.A.C. y, S/. 4 000,00 en el caso de Escriv Editores S.R.Ltda. Presentaron
como sustento: (i) copia de los dos contratos de asesoría legal suscrito por
cada denunciante el 3 de setiembre de 2007, (ii) copia de diez recibos por
1 RUC 20100130204. Direcc ión: Av. República de Panamá 3055, Urb. El Palomar. S an Isidro – Lima.

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