Sentencia nº 001933-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 29 de Octubre de 2009

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente2191-2008/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 1933-2009/SC2- INDECOPI
EXPEDIENTE 2191-2008/CPC
M-SC2-02/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DENUNCIANTE : LUZ GABRIELA CHÁVEZ ARCELLES
DENUNCIADO : SERVICIO DE PARQUES DE LIMA
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD DEL SERVICIO
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES DE ESPARCIMIENTO
SUMILLA: Se confirma la Resolución 432-2009/CPC del 18 de febrero de
2009, emitida por la Comisión de Protección al Consumidor, en el extremo
que declaró fundada la denuncia interpuesta por la señora Luz Gabriela
Chávez Arcelles contra Servicio de Parques de Lima por infracción del
artículo 8º del Decreto Legislativo 716, al haber quedado acreditado que el
denunciado no cumplió con el deber de custodiar el vehículo de la
denunciante en el marco del servicio de estacionamiento que ofrece de
manera onerosa. Asimismo, se confirma la referida resolución en el extremo
de la medida correctiva ordenada, la multa de 2 UIT impuesta y la condena de
costas y costos del procedimiento.
Atendiendo a que el presente procedimiento es de importancia para proteger
los derechos de los consumidores, la Sala considera pertinente solicitar al
Consejo Directivo del INDECOPI que ordene la publicación de la presente
resolución en el diario oficial “El Peruano”.
SANCIÓN: 2 UIT
Lima, 29 de octubre de 2009
I. ANTECEDENTES
1. El 25 de agosto de 2008, la señora Luz Gabriela Chávez Arcelles (en
adelante, la señora Chávez) denunció a Servicio de Parques de Lima1 (en
adelante, Serpar) por infracción del artículo 8º del Decreto Legislativo 716
Ley de Protección al Consumidor. Señaló que desde julio de 2005 era
abonada de la playa de estacionamiento “Alameda Las Malvinas”2, en donde
estacionaba diariamente su vehículo3 en horas de la mañana y lo retiraba en
la noche, debido a que ejercía actividad comercial a una cuadra de dicha
playa. Indicó que el 20 de mayo de 2008, ingresó su vehículo a las 11:15
horas y cuando regresó a retirarlo a las 19:10 horas aproximadamente,
advirtió que dicho vehículo no se encontraba, siendo que el jefe de seguridad
1 Organismo descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima que se encarga del mantenimiento y
administración de los parques recreacionales de Lima.
2 Playa de estacionamiento administrada por Serpar y que se encuentra ubicada en la Cuadra 1 de la Avenida
Argentina, Cercado de Lima.
3 Camioneta marca Toyota, modelo Hiace, color blanco del año 1986 de placa de rodaje RGB-021.

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