Sentencia nº 002288-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 23 de Julio de 2012

Fecha de Resolución23 de Julio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente3484-2010/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 2
RESOLUCIÓN 2288-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 3484-2010/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR N°2
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN PERUANA DE CONSUMIDORES Y
USUARIOS - ASPEC
DENUNCIADOS : UNILEVER ANDINA PERÚ S.A.
MATERIA : DEBER DE INFORMACIÓN
ROTULADO DE ALIMENTOS
ACTIVIDAD : VENTA MAYORISTA DE OTROS PRODUCTOS
SUMILLA: Se revoca la resolución venida en grado en el extremo que declaró
infundada la denuncia contra Unilever Andina Perú S.A. por infracción del
y, reformándola, se declara fundada la misma, por la omisión de consignar
en el etiquetado del producto “Dorina Clásica” la denominación que reflejaba
su verdadera naturaleza.
SANCIÓN: 10 UIT
Lima, 23 de julio de 2012
ANTECEDENTES
1. El 30 de diciembre de 2010, la Asociación Peruana de Consumidores y
Usuarios – ASPEC (en adelante, Aspec) denunció a Unilever Andina Perú
S.A. (en adelante, Unilever)1 ante la Comisión de Protección al Consumidor -
Sede Lima Sur N°2 (en adelante, la Comisión), por infracción de la Ley
Código), por no consignar en el producto “Dorina Clásica”, la denominación
que reflejaba su verdadera naturaleza. Precisó que el término “esparcible
utilizado en el empaque era impreciso y generaba confusión en el
consumidor, debido a que no permitía identificar si se trata de margarina,
mantequilla u otra clase de producto. Adjuntó un empaque del producto en
cuestión en el que se aprecian las denominaciones “Dorina Clásica”,
esparcible” y “peso neto 100 g” y solicitó como medida correctiva que se
ordene a Unilever el cese definitivo de la conducta denunciada.
2. Mediante Resolución 1 del 13 de abril de 2011, la Secretaría Técnica de la
Comisión admitió a trámite la denuncia contra Unilever por presuntas
infracciones de los artículos 1º literal b), 3º, y 32º del Código.
1 Con RUC 20100003946 y con domicilio fiscal en Calle Francisco Graña 155, Urb. Santa Catalina (Alt. Cda. 8 de
Arriola), La Victoria, Lima, Lim a.

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