Sentencia nº 000671-2013/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 19 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución19 de Marzo de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente101-2012/PS0-INDECOPI-CUS
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 671-2013/SP C-INDECOPI
EXPEDIENTE 0101-2012/PS0-IND ECOPI-CUS
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE CUSCO
PROCEDIMIENTO : REVISIÓN
DENUNCIANTE : JENNY MERCEDES YUCRA LINARES
DENUNCIADA : BERTHA LEONAT GARCÍA PEÑALVA
MATERIA : RECURSO DE REVISIÓN
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE MUEBLES
SUMILLA: Se declara fundado el recurso de revisión planteado por la señora
García contra la Resolución 547-2012/INDECOPI-CUS por inaplicación del
principio del debido procedimiento contenido en el numeral 1.2. del artículo
IV de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, al haber
inobservado el plazo legalmente establecido para la notificación de la
realización de la Audiencia de Informe Oral.
Lima, 19 de marzo de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 159-2012/PS0-INDECOPI-CUS del 28 de setiembre de
2012, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al
Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco (en adelante, el
ORPS) declaró fundada la denuncia interpuesta por la señora Jenny
Mercedes Yucra Linares (en adelante, la señora Yucra) contra la señora
Bertha Leonat García Peñalva1 (en adelante, la señora García), por infracción
Consumidor (en adelante, el Código), al haber quedado acreditado que los
muebles que le vendió –el 31 de enero de 2012-2 presentaron defectos al
poco tiempo de ser adquiridos –en febrero de 2012-, sancionándola con una
multa de 1 UIT.
2. El 9 de octubre de 2012, la señora García apeló la Resolución 159-
2012/PS0-INDECOPI-CUS señalando que la venta de los muebles en
realidad se realizó en junio de 2010, siendo que la boleta de venta
presentada por la denunciante fue emitida con posterioridad. Asimismo,
sostuvo que las fotos que la señora Yucra presentó no correspondían a los
muebles que fabrica ni que le vendió.
3. En atención a la solicitud presentada el 20 de noviembre de 2012 por la
señora García, mediante Resolución 3 del 20 de noviembre de 2012, la
1 Persona natural con negocio ident ificada con RUC 10238767305 y c on domicilio fiscal en Pj. Unión Mza. A Lote. 8
Urb. TTIO (costado del Estadio El Hueco) Cusco, Cusco, Wanchaq.
2 Según Boleta de Venta 0003-000753 obrante a fojas 11 d el expediente.

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