Sentencia nº 002330-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 18 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente004-2008/CCO-SANCIONADOR
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 2330-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 004-2008/CCO-SA NCIONADOR
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : VILMA GABINA ESCALANTE HUAMÁN
DENUNCIADO : LUIS JENNER ALVARADO ESCALANTE
MATERIA : PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FALSA
NON BIS IN IDEM
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE VENTA AL POR MENOR
SUMILLA: se declara la NULIDAD de la Resolución 1664/CCO-INDECOPI del
10 de marzo de 2008, que sancionó al señor Luis Jenner Alvarado Escalante
con una multa ascendente a cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias, así
como de todo lo actuado en el procedimiento sancionador seguido contra el
referido señor, debido a la existencia de un pronunciamiento judicial -previo
al inicio del procedimiento administrativo- que sancionó al mismo
administrado (señor Alvarado), por los mismos hechos (proporcionar
información falsa en un procedimiento administrativo) y bajo el mismo
fundamento jurídico (el correcto funcionamiento de la administración
pública), cumpliéndose así con la triple identidad requerida para que opere la
garantía del non bis in idem.
Lima, 18 de agosto de 2010
ANTECEDENTES
1. El 7 de enero de 2002, se difundió mediante aviso en el diario oficial “El
Peruano” el inicio del Procedimiento Simplificado de la señora Vilma Gabina
Escalante Huamán (en adelante, la señora Escalante) ante la Notaria Pública
Ruth Alexandra Ramos Rivas.
2. Por escrito presentado el 5 de febrero de 2002, el señor Luis Jenner Alvarado
Escalante (en adelante el señor Alvarado) solicitó el reconocimiento de
créditos frente a la señora Vilma Gabina Escalante Huamán ascendentes a
US$ 31 500,00 por capital y US$ 3 000,00 por intereses.
3. El 13 de febrero de 2002, la Notaria Pública Ruth Alexandra Ramos Rivas
emitió una Constancia de Verificación de Créditos a favor del señor Alvarado
frente a la señora Escalante por créditos ascendentes a US$ 31 500,00 por
capital y US$ 3 000,00 por intereses. Asimismo, en atención a lo declarado
por dichos administrados, en la referida constancia se indicó que el señor
Alvarado no mantenía vinculación con la señora Escalante.

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