Sentencia nº 000302-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 14 de Mayo de 2009
Fecha de Resolución | 14 de Mayo de 2009 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 000146-2008/CEB |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0302-2009/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 000146-2008/ CEB
M-SDC-02/1D
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIADO : ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS
CONTRATACIONES DEL ESTADO (OSCE)
DENUNCIANTE : RICOTA CATERING S.A.C.
MATERIA : ACCESO AL MERCADO
BARRERAS BUROCRÁTICAS
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA EN GENERAL
SUMILLA: Se confirma la Resolución 0023-2008/CEB-INDECOPI del 22 de
enero de 2008, que declaró fundada la denuncia presentada por Ricota
Catering S.A.C. en contra del Organismo Supervisor de las Contrataciones
del Estado – OSCE, al constituir la tasa por concepto de renovación de la
inscripción en el Registro Nacional de Proveedores una barrera burocrática
ilegal.
La tasa cuestionada ha sido establecida en función a las ventas anuales de
los proveedores, sin que el OSCE haya explicado cómo es que dichas
variaciones podrían influir en el costo de tramitar una renovación de
inscripción en el RNP, resultando claro que ha infringido el límite previsto en
desconociendo incluso la prohibición dispuesta en la Norma II del Título
Preliminar del Código Tributario, que impide a las entidades de la
Administración Pública destinar lo recaudado por el cobro de tasas para
financiar actividades distintas a las que corresponden al servicio
individualizado y prestado al contribuyente.
En tal sentido, esta Sala considera que el OSCE ha omitido su deber de
fundamentar en el presente procedimiento, que el criterio establecido para
determinar el monto de las tasas por renovación de inscripción en el RNP en
función de las ventas anuales de los proveedores de bienes o servicios,
responda al costo efectivo que su tramitación genera a dicha entidad, es
decir, que a mayor volumen de ventas anuales del solicitante, mayor el costo
del procedimiento de renovación en el RNP.
Lima, 14 de mayo de 2009
I. ANTECEDENTES
1. El 15 de octubre de 2008, Ricota Catering S.A.C. (en adelante, Ricota)
denunció ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (en
adelante, la Comisión) al Organismo Supervisor de las Contrataciones del
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