Sentencia nº 003161-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 23 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente071-2011/CPC-INDECOPI-PUN
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de l a Competencia N°2
RESOLUCIÓN 3161-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 071-2011/CPC-I NDECOPI-PUN
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE PUNO
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTES : LUIS BELTRÁN CHIPANA MOLLINEDO
JUANA ELSA SANTOS MAMAMI
DENUNCIADO : ASOCIACIÓN FONDO CONTRA ACCIDENTES DE
TRÁNSITO DE PUNO
MATERIA : IDONEIDAD
SOAT-AFOCAT
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE OTRAS ASOCIACIONES N.C.P
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que declaró fundada la
denuncia contra Asociación Fondo contra Accidentes de Tránsito de Puno,
toda vez que se negó injustificadamente a hacer efectiva la cobertura del
seguro por el fallecimiento de la menor hija de los denunciantes.
SANCIÓN: 20 UIT
Lima, 23 de octubre de 2012
ANTECEDENTES
1. El 27 de junio de 2011, el señor Luis Beltrán Chipana Mollinedo (en adelante,
el señor Chipana) y la señora Juana Elsa Santos Mamani (en adelante, la
señora Santos) denunciaron a Asociación Fondo contra Accidentes de
Tránsito de Puno1 (en adelante, Afocat) ante la Comisión de la Oficina
Regional del Indecopi de Puno (en adelante, la Comisión) por infracción de
las normas de protección al consumidor.
2. Los denunciantes manifestaron que el 25 de julio de 2010 su menor hija,
Katheryn Mayde Chipana Santos, falleció a consecuencia de un accidente de
tránsito ocurrido con la camioneta rural de placa RU-2240 en la vía
Panamericana Sur, la cual contaba con el Certificado contra Accidentes de
Tránsito 3480 de Afocat. Sin embargo, a la fecha de presentación de la
denuncia, dicha asociación no había cumplido con hacer efectiva la cobertura
del seguro, pese a que el 8 de setiembre de 2010 presentaron los
documentos indicados en el Decreto Supremo 024-2002-MTC, Texto
Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros
Obligatorios por Accidentes de Tránsito – SOAT (en adelante, Reglamento
del SOAT), entre ellos, la copia certificada del Acta de Intervención Policial
1 RUC 20447699720. Domicili o Fiscal: J irón Tumbes 146, Barrio Nuevo San Miguel (Frent e a R adio Copacabana),
Distrito de Ilave, Provincia de El C ollao, Departamento de Puno.

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