Sentencia nº 001101-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 26 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución26 de Mayo de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente172-2009/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 1101-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 172-2009/CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR-
SEDE LIMA SUR
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : ALEJANDRO CELESTINO GONZÁLES ADVÍNCULA
DENUNCIADO : RCA ELECTRONICS E.I.R.L.
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MAYOR DE OTROS PRODUCTOS
SUMILLA: Se confirma la Resolución 2100-2009/CPC del 1 de julio de 2009
emitida por la Comisión de Protección al Consumidor - Sede Lima Sur que
declaró infundada la denuncia presentada por el señor Alejandro Celestino
Gonzáles Advíncula contra RCA Electronics E.I.R.L. por infracción al artículo
del Decreto Legislativo 716, en los extremos referidos a la oferta de un
modelo de televisor distinto al entregado y al cobro de una suma mayor al
precio pactado por los bienes adquiridos; toda vez que no existe ningún
medio probatorio que acredite la existencia de los defectos alegados.
Lima, 26 de mayo de 2010
ANTECEDENTES
1. El 23 de enero de 2009, el señor Alejandro Celestino Gonzáles Advíncula (en
adelante, el señor Gonzáles) denunció ante la Comisión de Protección al
Consumidor-Sede Lima Sur (en adelante, la Comisión) a RCA Electronics
E.I.R.L.1 (en adelante, RCA) por infracción al artículo 8º del Decreto
Legislativo 716, señalando que el 23 de agosto de 2008, los encargados de
venta de RCA le ofrecieron venderle un televisor de 21” de marca Hi Tech,
modelo nuevo por el precio de S/. 640,00 y por la promoción consistente en
la compra de otros electrodomésticos, también adquirió un DVD Hi Tech a
S/. 100,00 y una cafetera Imaco a S/. 40,00; dando un total de S/. 780,00 por
los artefactos más S/. 20,00 por concepto movilidad. Los vendedores
anotaron los referidos montos en una hoja en blanco que posteriormente le
entregaron.
2. El denunciante indicó que al no tener todo el dinero al momento de la
compra, le adelantó a la denunciada la suma de S/. 200,00, y el saldo sería
pagado en su domicilio al momento de la entrega. Sin embargo, en dicho
oportunidad, el representante de RCA le cobró la suma de S/. 800,00 por el
saldo restante, hecho del que tomó conocimiento al día siguiente. Asimismo,
el televisor que le vendieron contrariamente a lo ofrecido, era un modelo
antiguo: 21N03 BLACK de la marca Hi Tech. Por tanto, el señor Gonzáles
1 RUC: 20519786509, domiciliado en Av. Bolognesi 214, Cercado, Tacna.

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