Sentencia nº 000109-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 17 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-2008/CRT/P
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0109-2009/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 001-2008-CRT/P
M-SDC-02/1D
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE
FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO
ARANCELARIAS
DENUNCIADOS : MINISTERIO DE TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DENUNCIANTE : AUTOCRAFT PERÚ S.R.L.
MATERIA : ACCESO AL MERCADO
BARRERAS PARARANCELARIAS
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA EN GENERAL
SUMILLA: Se confirma la Resolución 032-2008/CNB-INDECOPI del 17 de
noviembre de 2008 que declaró infundada la denuncia presentada por
Autocraft Perú S.R.L. en contra del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones por cuanto el límite de kilometraje establecido en el Decreto
Supremo 042-2006-MTC para la importación de vehículos usados de
categoría M1 constituye una medida idónea y eficaz para la consecución de
los objetivos legítimos perseguidos con ella. En el procedimiento, el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha cumplido con exponer la
razonabilidad de los motivos que lo llevaron a promulgar la medida
cuestionada.
Lima, 17 de marzo de 2009
I. ANTECEDENTES
1. El 7 de marzo de 2008, la empresa Autocraft Perú S.R.L. (en adelante,
Autocraft) denunció ante la Comisión de Normalización y de Fiscalización de
Barreras Comerciales No Arancelarias (en adelante, la Comisión) al Ministerio
de Transportes y Comunicaciones (en adelante, MTC) y al Ministerio de
Economía y Finanzas (en adelante, MEF), contra el límite de kilometraje para la
importación de vehículos usados de la categoría M1, establecido en el Decreto
Supremo 042-2006/MTC. Al respecto señaló lo siguiente:
i) El Decreto Supremo 042-2006-MTC sería ilegal por cuanto una norma de
rango secundario no puede modificar una norma de rango primario como
es el Decreto Legislativo 843 y menos aún agregarle requisitos.
ii) En cuanto a la seguridad vial y la contaminación ambiental, la mayor parte
de los accidentes de tránsito no ocurren por defectos mecánicos en los
vehículos sino por negligencias humanas, siendo que las revisiones
técnicas realizadas en Tacna tienen, precisamente, la finalidad de
rechazar el ingreso de los vehículos que excedan los límites máximos de
emisiones contaminantes.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR