Sentencia nº 000539-2013/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 21 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente378-2009//CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0539-2013/SD C-INDECOPI
EXPEDIENTE 378-2009/CCO-INDE COPI
M-SDC-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : SACIP S.A. COMERCIAL INDUSTRIAL PERUANA
IMPUGNANTE : RAFAEL SAMANIEGO ARAUCO
GERMÁN BUSTAMANTE MARTÍNEZ
CONSTANTINO CHICATA LOBÓN
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
PROCEDIMIENTO CONCURSAL ORDINARIO
SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : PRODUCCIÓN DE CARNE Y PRODUCTOS
CARNICOS
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 2811-2012/CCO-INDECOPI del 23 de
abril de 2012, que declaró improcedente el pedido de levantamiento de la
suspensión del procedimiento concursal ordinario de Sacip S.A. Comercial
Industrial Peruana; y REFORMÁNDOLA, se declara fundada el pedido de
levantamiento de suspensión de la tramitación del procedimiento concursal
ordinario de la referida empresa y, en consecuencia, se dispone que la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur continúe con la
tramitación de dicho procedimiento. La razón es que los procesos judiciales
en mérito a los cuales se suspendió el procedimiento concursal ordinario de
Sacip S.A. Comercial Industrial Peruana no configura ninguno de los
supuestos previstos en el artículo 65 del decreto Legislativo 807 para que la
autoridad administrativa declare la suspensión del procedimiento concursal.
Lima, 21 de marzo de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1168-2010/CCO-INDECOPI del 9 de febrero de 2010, la
Comision de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión)
declaró la situación de concurso de Sacip S.A. Comercial Industrial Peruana
(en lo sucesivo, Sacip) y el 15 de marzo de 2010 fue publicado dicho estado en
el diario oficial “El Peruano”.
2. Por escrito del 19 de noviembre de 2010, el señor Giovanni Paredes Ruiz,
identificándose como accionista de Sacip, solicitó la suspensión del
procedimiento concursal alegando que la representacion legal de Sacip era
materia de discusión ante el Poder Judicial en los siguientes procesos:
(i) el 28 de agosto de 2010, demandó ante el Séptimo Juzgado Civil
Comercial de Lima, la nulidad de los acuerdos societarios
adoptados en la junta general de accionistas de Sacip del 22 y 23
de diciembre de 2009, oportunidad en la cual se acordó la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR