Sentencia nº 001474-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 3 de Julio de 2012

Fecha de Resolución 3 de Julio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente035-2011/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 1474-2012/SC1-IND ECOPI
EXPEDIENTE 035-2011/CCD
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA COMPETENCIA
DESLEAL
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICIO
DENUNCIADA : MC GLOBE INCORPORATE S.A.C.
MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL
PRINCIPIO DE LEGALIDAD
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : VENTA MAYORISTA DE OTROS PRODUCTOS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 185-2011/CCD-INDECOPI del 9 de
noviembre de 2011, que halló responsable y sancionó con una multa de 1 (una)
Unidad Impositiva Tributaria a MC Globe Incorporate S.A.C. por una infracción
al principio de legalidad publicitario establecido en el artículo 17 Decreto
Legislativo 1044 –Ley de Represión de la Competencia Desleal, debido a que
promocionó el producto farmacéutico de venta bajo receta médica “Inflacare”
a través de un medio publicitario de acceso al público en general,
incumpliendo con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 29459 – Ley de los
SANCIÓN: 1 (UNA) UIT
Lima, 3 de julio de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Oficio 8902-2010-DIGEMID-DCVS-ECPUB/MINSA del 17 de
diciembre de 2010, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas
del Ministerio de Salud (en adelante, Digemid) informó a la Secretaría Técnica
de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (en lo sucesivo, la
Comisión) sobre una presunta infracción al Decreto Legislativo 1044 – Ley de
Represión de la Competencia Desleal detectada a través de un anuncio
publicitario relativo al producto “Inflacare”, autorizado para su venta con receta
médica con el Registro Sanitario E-21621. Según señala Digemid, a través de
dicho anuncio se estaría incumpliendo con lo dispuesto en el artículo 39 de la
Ley 29459 – Ley de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y
productos sanitarios (en adelante, Ley de los Productos Farmacéuticos), el cual
señala que la publicidad de productos farmacéuticos autorizados para venta
bajo receta médica debe ser dirigida exclusivamente a los profesionales que los
prescriben y dispensan.
2. En dicha oportunidad, Digemid señaló que durante una visita de fiscalización
realizada el 12 de noviembre de 2010, el personal del Equipo de Control
Publicitario detectó un soporte publicitario del referido producto, el cual se

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