Sentencia nº 001560-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 5 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente166-2008/CCD-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1560-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0166-2008/CCD-I NDECOPI
M-SC1-13/1A
VERSIÓN PÚBLICA
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA
COMPETENCIA DESLEAL
DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS, EMPRESARIOS,
RESIDENTES Y TRABAJADORES DE LA
URBANIZACIÓN PRIMAVERA SAN BORJA
DENUNCIADO : PLUS COMUNICACIÓN INTEGRAL E.I.R.L.
MATERIA : COMPETENCIA DESLEAL
ACTOS DE DENIGRACIÓN
ACTOS CONTRA EL PRINCIPIO DE AUTENTICIDAD
NULIDAD
ACTOS DE VIOLACIÓN DE NORMAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : EDICIÓN DE LIBROS, FOLLETOS Y OTROS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 111-2009/CCD-INDECOPI del 22 de
julio de 2009, en el extremo que declaró fundada la denuncia interpuesta por
la Asociación de Propietarios, Empresarios, Residentes y Trabajadores de la
Urbanización Primavera San Borja contra Plus Comunicación Integral E.I.R.L.
por la comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de
denigración en contravención de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto
Legislativo 1044 – Ley de Represión de la Competencia Desleal, dado que se
acreditó que la imputada difundió afirmaciones denigratorias respecto del
semanario “Apertura” y de su director, menoscabando con ello el crédito
comercial de la denunciante, sin acreditar la veracidad, exactitud y
pertinencia de la información difundida.
Asimismo, se CONFIRMA la resolución apelada en el extremo que declaró
improcedente la denuncia por la presunta infracción al principio de
autenticidad en materia publicitaria. Las notas publicadas en “Polémica
Municipal” están referidas a la gestión municipal y no apuntan a promover
directa o indirectamente la contratación de bienes o servicios de un agente
económico que concurre en el mercado, por lo que no califican como
publicidad comercial, y por tanto, su juzgamiento no se encuentra dentro del
ámbito del Decreto Legislativo 1044.
Finalmente, se declara la NULIDAD parcial de la Resolución de admisión a
trámite del 27 de noviembre de 2008 expedida por Secretaría Técnica de la
Comisión, en cuanto omitió pronunciarse respecto de la presunta comisión
de actos de competencia desleal en la modalidad de violación de normas por
parte de Plus Comunicación Integral E.I.R.L., e, integrando en aplicación del
artículo 217 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, se declara
infundado dicho extremo.
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1560-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0166-2008/CCD-I NDECOPI
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SANCIÓN: 6 UIT
Lima, 5 de mayo de 2010
ANTECEDENTES
1. El 7 de octubre de 2008, la Asociación de Propietarios, Empresarios,
Residentes y Trabajadores de la Urbanización Primavera San Borja (en
adelante, Apertura San Borja) denunció a Plus Comunicación Integral E.I.R.L.
(en adelante, Plus Comunicación), Editora Rivera del señor Miguel Ángel
Rivera Córdova (en adelante, Editora Rivera) y Heyter S.R.L. (en adelante,
Heyter) ante la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (en
adelante, la Comisión) por la presunta comisión de actos de competencia
desleal, en contravención de lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1044, Ley
2. En su denuncia, Apertura San Borja manifestó lo siguiente:
(i) la denunciante es una asociación civil sin fines de lucro que para el
cumplimiento de sus objetivos publica bimensualmente el periódico
denominado “Apertura”, el cual está especializado en el análisis,
fiscalización, control e investigación periodística en torno a temas de
gestión municipal, regional y desarrollo sostenible;
(ii) a partir de enero de 2008, inició una investigación sobre la publicidad
estatal difundida en diversos medios impresos, en particular, aquella
contratada por las municipalidades en diarios, semanarios y revistas;
(iii) luego de analizar la información obtenida en la investigación, se detectó
que entre junio de 2006 y marzo de 2008, los directores del semanario
“Polémica Municipal” publicado por Plus Comunicación, del periódico
“Enfoque Nacional” de Editora Rivera y de la “Revista de Magdalena”
editada por Heyter, con el aval de los funcionarios y alcaldes de
diversas municipalidades de Lima Metropolitana y la provincia del
Callao, han publicado cientos de publirreportajes pagados por las
municipalidades sin consignar el logotipo, el nombre de la municipalidad
correspondiente y de manera expresa la palabra “publirreportaje” o
“anuncio contratado” como lo obliga la ley;
(iv) como consecuencia de la investigación en cuestión, Plus Comunicación
y Editora Rivera, emprendieron una campaña dirigida a menoscabar y
desprestigiar la reputación del periódico “Apertura” frente a los
potenciales lectores y anunciantes de dicha publicación;

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