Sentencia nº 003253-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 6 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente1294-2011/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 3253-2012/SPC -INDECOPI
EXPEDIENTE 1294-2011/CPC
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR N° 2
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : DORA ADRIANA ISABEL VÁSQUEZ - SOLIS CUSATO
DENUNCIADA : CEINE VILLA JARDÍN E.I.R.L.
MATERIA : IDONEIDAD
SERVICIOS EDUCATIVOS
ACTIVIDAD : ENSEÑANZA PRIMARIA
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que declaró fundada la
denuncia contra CEINE Villa Jardín E.I.R.L., toda vez que durante el periodo
comprendido entre los meses de abril a octubre de 2011, el menor hijo de la
denunciante recibió clases en el aula de cinco (5) años, pese a que había
sido admitido y matriculado en el primer grado de primaria.
SANCIÓN: 2 UIT
Lima, 6 de noviembre de 2012
ANTECEDENTES
1. El 5 de octubre de 2011, la señora Dora Adriana Isabel Vásquez - Solis
Cusato (en adelante, la señora Vásquez - Solis) denunció a CEINE Villa
Jardín E.I.R.L.1 (en adelante, el Colegio) ante la Comisión de Protección al
Consumidor – Sede Lima Sur N° 2 (en adelante, la Comisión), por infracción
del Consumidor2 (en adelante, el Código).
2. La denunciante señaló que, en el mes de marzo de 2011, su hijo Emilio Iván
Chappel Vásquez - Solis de seis (6) años de edad fue matriculado en el
primer grado de primaria del Colegio; sin embargo, durante el periodo
comprendido entre los meses de abril a octubre, el menor recibió clases en el
aula de cinco (5) años, sin que se le haya comunicado tal cambio. Asimismo,
solicitó como medida correctiva, la devolución de los gastos incurridos para la
1 RUC 20501147673. Domicilio Fiscal: Calle Isidoro Suárez 221, Urbanización Maranga (Paralela con
la Av. Escardó), Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima.
2 Publicado el 2 de setiembre de 2010 en el diario oficial El Peruano. Entró en vigencia a los 30 días
calendario.

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