Sentencia nº 000725-2013/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 6 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente077-2012/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Defen sa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0725 -2013/SDC-IN DECOPI
EXPEDIENTE 077-2012/ CCD
M-SDC-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA COMPETENCIA
DESLEAL
DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN PERUANA DE CONSUMIDORES
Y USUARIOS
DENUNCIADA : CORPORACIÓN LINDLEY S.A.C.
MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL
ACTOS DE ENGAÑO
ACTIVIDAD : ELABORACION DE BEBIDAS NO ALCOHOLICAS –
AGUAS GASEOSAS
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 148-2012/CCD-INDECOPI del 26 de
septiembre de 2012, en el extremo que declaró fundada la denuncia
interpuesta por la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios contra
Embotelladora Corporación Lindley S.A. por la comisión de un acto de
engaño, supuesto recogido en el artículo 8 del Decreto Legislativo 1044 –Ley
de Represión de la Competencia Desleal.
La razón es que de acuerdo al contexto del mercado y a la experiencia previa
de los consumidores, estos no esperan encontrar insumos naturales en las
bebidas gaseosas, por lo que perciben la palabra “naranja” y la imagen de la
fruta con dicho nombre consignada en la bebida “Crush-naranja” como
alusiones al sabor de la bebida más no a la calidad de insumos naturales de
esta.
Lima, 6 de mayo de 2013
ANTECEDENTES
1. El 4 de mayo de 2012, Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (en
adelante, ASPEC) denunció a Corporación Lindley S.A. (en adelante, Lindley)
ante la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (en adelante, la
Comisión) por la presunta realización de actos de competencia desleal en la
modalidad de engaño, supuesto de infracción previsto en el artículo 8 del
Decreto Legislativo 1044 –Ley de Represión de la Competencia Desleal.
2. Según los términos de la denuncia, Lindley transmitiría un mensaje engañoso
respecto de las características y composición de la bebida gaseosa “Crush-
naranja” que comercializa en las presentaciones de 450 ml.; 1.5 lts. y 3.0 lts.,
por cuanto en la publicidad en envase del referido producto aparece la imagen
de una naranja y la palabra “naranja”, dando a entender a los consumidores
que la bebida incorpora el referido insumo natural, pese a que ello no es cierto
conforme se desprende de la lista de ingredientes consignada en el rotulado1.
1 En el rotulado figuran los siguientes ingr edientes: Agua Carbonatada, Azucar, Ácido Cítrico, S aborizantes, Citr ato
Trisódico, Benzonato de Sodio, Aspartame, Acesulfame K, Colorantes: Amarillo Ocaso, Rojo #40. Contiene

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