Sentencia nº 002075-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 15 de Septiembre de 2010

Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente1339-2009/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia N° 2
RESOLUCIÓN 2075-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 1339-2009/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR -
SEDE LIMA SUR
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : RAFAEL EDDIE RIVERA RODRÍGUEZ
DENUNCIADO : BANCO CONTINENTAL
MATERIA : INTERÉS PARA OBRAR
SERVICIOS BANCARIOS
CONSUMOS FRAUDULENTOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se revoca en parte la resolución venida en grado en los extremos
referidos a hechos que fueron subsanados antes de la presentación de la
denuncia y se declaran improcedentes por falta de interés para obrar.
Asimismo, se revoca en los extremos que declaró fundada la denuncia y se
declaran infundados por: (a) no entregar copia del formulario 1081, ni (b) de
los reclamos presentados, en tanto no se acreditaron los defectos alegados;
(c) la remisión de los estados de cuenta, pues éstos fueron enviados; y,
(d) el cobro de la comisión por transferencia del exterior, en tanto éste fue
informado al denunciante a través del tarifario.
Finalmente, se confirma la resolución en los extremos que declaró fundada
la denuncia por los hechos vinculados a los consumos fraudulentos y a la
variación de la condición de cliente preferente.
SANCIÓN: 3 UIT
Lima, 15 de setiembre de 2010
ANTECEDENTES
1. El 13 de mayo de 2009, el señor Rafael Eddie Rivera Rodríguez (en adelante,
el señor Rivera) denunció al Banco Continental1 (en adelante, el Banco) ante
la Comisión de Protección al Consumidor (en adelante, la Comisión) por
infracción del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor, por
los hechos que dieron lugar a los reclamos descritos a continuación:
Fecha Reclamo
Motivo
1 03/06/2008 071051 Retiro injustificado de su condición de cliente preferencial.
2 30/06/2009 113489 (i) Aumento no autorizado de su línea de crédito de
S/. 4 000,00 a S/. 8 000,00 y (ii) cobro indebido de
US$ 24,95 por concepto de intereses pese a que pagó
antes de la fecha de vencimiento.
3 07/04/2009 115574 (i) Cargar 2 consumos fraudulentos realizados vía internet
por US$ 47,42 (Easy Jet) y US$ 132,27 (Rica Rica), motivo
1 RUC 20100030204.

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