Sentencia nº 002181-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 16 de Julio de 2012

Fecha de Resolución16 de Julio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0096-2011/CPC-INDECOPI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2181-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 0096-2011/CPC-I NDECOPI-LAM
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LAMBAYEQUE
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : DANIEL ISAÍ VÁSQUEZ RAFAEL
DENUNCIADO : CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO PIURA
S.A.C.
MATERIAS : IDONEIDAD DEL SERVICIO
SERVICIOS BANCARIOS
REPORTE INDEBIDO
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
N.C.P.
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que declaró infundada
la denuncia, al haberse acreditado que la Caja Municipal de Ahorro y Crédito
Piura S.A.C. reportó correctamente al denunciante ante la Central de Riesgos
de la SBS a consecuencia de una deuda que mantenía impaga ante dicha
entidad financiera.
Asimismo, se declara la nulidad parcial de la Resolución 2108-
2011/INDECOPI-LAM en el extremo que la Comisión omitió pronunciarse
respecto del tercer cargo imputado contra la Caja Municipal de Ahorro y
Crédito Piura S.A.C., referido a la atención extemporánea del reclamo
presentado por el denunciante el 27 de agosto de 2010.
Lima, 16 de julio de 2012
ANTECEDENTES
1. El 13 de julio de 2011, el señor Daniel Isaí Vásquez Rafael (en adelante, el
señor Vásquez) denunció a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Piura
S.A.C.1 (en adelante, la CMAC Piura)2 ante la Comisión de la Oficina Regional
del Indecopi de Lambayeque (en adelante, la Comisión) por diversas
infracciones del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor3,
toda vez que CMAC Piura: (i) lo reportó negativamente ante la Central de
Riesgos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (en adelante, la
Central de Riesgos) por una deuda ascendente a S/. 9 154,60, en virtud a un
1 RUC: 2010004314 0 con domicil io fiscal en Calle Mayor Armando Blondet Nº 135, Urb. Santa A na, Distrito de San
Isidro, Departamento y Provincia de Lima.
2 El 20 d e febrero de 2 008, por Resolución de la SBS 352-2008, se aut orizó la fusión por absorción de CMAC Piura
con la Caja Rural de Ahorro y Crédito de la Región San Martín S.A.A., asumiendo CMAC Piura en calidad de
empresa absorbente y a título universal, el bloque de patrim onio y los demás derechos y obligaci ones de la segunda
empresa absorbida.
3 Cuyo Texto Único Ordenado fue aprob ado por Decreto Supremo 006-2009-PCM.

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