Sentencia nº 001560-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 18 de Julio de 2012

Fecha de Resolución18 de Julio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente023-2007/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCIÓN 1560-2012/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 023-2007/CCO-INDECOPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : INVERSIONES GENERALES MAQUI S.A.C. EN
LIQUIDACIÓN
APELANTE : SOLUCIONES CONCURSALES & EMPRESARIALES
S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : VTA. MAY. DE OTROS PRODUCTOS.
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 8760-2011/CCO-INDECOPI del 1 de
diciembre de 2011, que de sin efecto la designación de Soluciones
Concursales & Empresariales S.A.C. como entidad liquidadora de
Inversiones Generales Maqui S.A.C. en Liquidación, por no haber constituido
una carta fianza a favor del Indecopi dentro del plazo otorgado para tal efecto
y, en consecuencia, declaró la conclusión del procedimiento concursal
ordinario de dicho deudor, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 97.4
de la Ley General del Sistema Concursal; y dispuso la remisión de los
actuados al Cuarto Juzgado Sub especialidad Comercial de Lima que declare
la quiebra de la empresa deudora, al haberse iniciado el concurso de
conformidad con lo establecido en el artículo 703 del Código Procesal Civil.
De otro lado, se DECLARA que carece de objeto emitir pronunciamiento
respecto de la solicitud formulada por Soluciones Concursales &
Empresariales S.A.C. para que se suspendan los efectos de la
Resolución 8760-2011/CCO-INDECOPI, toda vez que mediante la presente
resolución la Sala ha emitido pronunciamiento definitivo respecto de la
apelación interpuesta contra el referido acto administrativo.
Lima, 18 de julio de 2012
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 11 del 5 de setiembre de 2006, el Cuarto Juzgado Sub
especialidad Comercial de Lima declaró la disolución y liquidación de
Inversiones Generales Maqui (en adelante, Inversiones Generales), en
aplicación del artículo 703 del Código Procesal Civil. Por Oficio 2005-66 4º JC
del 15 de enero de 2007, el referido juzgado remitió a la Comisión de
Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión) copias
certificadas del Expediente Judicial 66-2005 correspondiente a la demanda
de obligación de dar suma de dinero seguida por Caja Rural Prymera frente a
Inversiones Generales, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR