Sentencia nº 000487-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 10 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución10 de Marzo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente60-2009/CPC-INDECOPI-PIU
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 0487-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 060-2009/ CPC-INDECOPI-PIU
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE PIURA
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : JUAN JOSÉ MORENO ARIAS
DENUNCIADA : FANTASÍA S.A.C.
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
ACTIVIDAD : SERVICIOS TURÍSTICOS Y DE HOSPEDAJE
SUMILLA: Se confirma, reformando sus fundamentos, la resolución que
viene en grado que declaró fundada la denuncia en el extremo referido a la
falta de atención oportuna ante el incidente ocurrido durante el hospedaje
del señor Moreno y sus familiares en las instalaciones de Fantasía debido
que ha quedado acreditado que ésta no brindó el auxilio requerido.
SANCIÓN: AMONESTACIÓN
Lima, 10 de marzo de 2011
ANTECEDENTES
1. El 12 de febrero de 2009, el señor Juan José Moreno Arias (en adelante, el
señor Moreno) denunció ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi
de Piura (en adelante, la Comisión) a Fantasía S.A.C.1 (en adelante,
Fantasía) por infracción del artículo del Decreto Legislativo 716, Ley de
Protección al Consumidor2, al no haberlo atendido de manera oportuna,
luego del incidente ocurrido mientras se encontraba hospedado junto con su
familia en sus instalaciones.
2. El señor Moreno precisó que el 14 de enero de 2009 llegó con su familia al
hospedaje de la denunciada en el Punta Sal Club Hotel, siendo que en la
primera noche de estadía, aproximadamente a la 01:00 horas, se percató
que el bungalow que alquiló se había inundado debido a una fuerte lluvia; sin
embargo, pese a que intentó comunicarse con el área de recepción del
hospedaje a fin de que le brinden una solución, no encontró a persona
alguna en dicha área. Agregó que la denunciada no cumplió con reparar su
celular, el cual se dañó a consecuencia de la inundación, a pesar de que se
comprometió a ello.
1 Partida Nº 07000086 del Registro de Personas Jurídicas d e Tumbes. R.U.C. 20132707597. Con domicili o en Av.
Ramón Mujic a S/N, Urbanización Chipe, Piura. Cabe señalar que el nombre comercial de la denunciada es Punta
Sal Club Hotel.
2 Cuyo Texto Único Orden ado fue aprobado por Decreto Supremo 006-2010/P CM.

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