Sentencia nº 000038-2003/SCO de Sala concursal, 24 de Enero de 2003

Fecha de Resolución24 de Enero de 2003
EmisorSala concursal
Expediente003-2002/CRP-ODI-IQT
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCION Nº 0038-aa/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 003-2002/CRP-ODI-IQT
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA CÁMARA DE COMERCIO,
INDUSTRIA Y TURISMO DE LORETO
1
(LA COMISIÓN)
ACREEDOR : SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SUNAT)
DEUDOR : MOLINERA KUENNEN Y DUANNE S.A. (MOLINERA K Y
D)
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS TRIBUTARIOS
ACTIVIDAD : MOLIENDA DE TRIGO NACIONAL E IMPORTADO
SUMILLA: La Sala ha resuelto:
(i) Revocar la Resolución Nº 005-2002/CRP-INDECOPI emitida el 30 de
setiembre de 2002 por la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la
Oficina Descentralizada del INDECOPI en la Cámara de Comercio,
Industria y Turismo de Loreto, en el extremo que reconoció créditos a
favor de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
frente a Molinera Kuennen y Duanne S.A. ascendentes a S/. 279 564,00
por concepto de capital y S/. 4 449 041,00 por concepto de intereses,
derivados de la Resolución de Multa Nº 93329102W0003301, toda vez que
la misma quedó cancelada al acogerse la deudora al Régimen Especial
de Fraccionamiento Tributario.
(ii) Declarar que el total de los créditos reconocidos a favor de la
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria frente a
Molinera Kuennen y Duanne S.A. quedan fijados en S/. 49 011,07 por
concepto de capital y S/. 25 709,00 por concepto de intereses,
correspondiendo a dichos créditos el cuarto orden de preferencia.
(iii) Disponer que la Comisión Delegada de Procedimientos Concursales en
la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto evalúe las
solicitudes de reducción y ampliación de créditos presentadas por la
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria frente a
Molinera Kuennen y Duanne S.A. y emita el pronunciamiento
correspondiente.
Lima, 24 de enero de 2003
I. ANTECEDENTES
1
En atención a lo dispuesto por la Cuarta Disposición Final de la Ley General del Sistema Concursal publicada en el diario
oficial El P eruano el 8 de agosto del 2002 y vigente desde el 7 de octubre del mismo año, la Comisión de Reestructuración
Patrimonial de la Oficina Descentralizada del INDECOPI en la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto modificó
su denominación a Comisión Delegada de P rocedimientos Concursales en la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de
Loreto.

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