Sentencia nº 001225-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 28 de Junio de 2011

Fecha de Resolución28 de Junio de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente189-95 /CSA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 1225-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 189-95-CSA
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : INDUSTRIA PERUANA DE METALES Y DERIVADOS
S.A. EN QUIEBRA
ACREEDOR : DAVID ORCASITAS CASTILLO
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CONCLUSIÓN DE PROCEDIMIENTO CONCURSAL
APLICACIÓN DE LA LEY EN EL TIEMPO
DECLARACIÓN JUDICIAL DE QUIEBRA
COMPETENCIA DE LA COMISIÓN
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS BÁSICAS,
EXCEPTO ABONOS Y COMPUESTOS DE NITRÓGENO
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 7287-2010/CCO-INDECOPI del 4 de
octubre de 2010, que declaró la conclusión del procedimiento de insolvencia
de Industria Peruana de Metales y Derivados S.A., toda vez que el Poder
Judicial declaró la quiebra de dicha empresa.
La norma aplicable al procedimiento concursal de Industria Peruana de
Metales y Derivados S.A. es la Ley de Reestructuración Empresarial, en
atención a lo dispuesto en la Única Disposición Transitoria de la Ley de
Reestructuración Patrimonial y la Única Disposición Derogatoria de la Ley
General del Sistema Concursal. Dicha norma legal estableció un proceso de
disolución y liquidación denominado quiebra de empresas” a cargo
exclusivo del órgano jurisdiccional. En este sentido, conforme al criterio
desarrollado en el precedente de observancia obligatoria aprobado por
Resolución 080-96-TDC, luego de producida la declaración judicial de quiebra,
los órganos administrativos encargados de la tramitación de los
procedimientos derivados de la Ley de Reestructuración Empresarial dejan de
tener competencia frente a empresas insolventes, por haber asumido el Poder
Judicial en forma única y exclusiva, el conocimiento del proceso
correspondiente.
Lima, 28 de junio de 2011
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 003-95-CSA-INDECOPI/EXP-189 del 26 de enero de 1996, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión)1, declaró el estado de insolvencia de Industria Peruana de Metales y
Derivados S.A. (en adelante, Industria Peruana).
1 Antes denominada Comisión d e Simplificación del Acceso y Salida del Mercado.

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