Sentencia nº 000949-2013/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 18 de Abril de 2013

Fecha de Resolución18 de Abril de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente206-2012/PS-INDECOPI-PIU
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 0949-2013/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 206-2012/PS-INDE COPI-PIU
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE PIURA
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : LYES MEYLYNG RUIZ TANG
DENUNCIADO : BBVA BANCO CONTINENTAL S.A.
MATERIA : RECURSO DE REVISIÓN
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de revisión formulado por
BBVA Banco Continental S.A., en tanto que el recurrente no alegó la
existencia de errores de derecho contenidos en la Resolución 636-
2012/INDECOPI-PIU, limitándose a cuestionar situaciones de hecho y
pretendiendo una nueva valoración de los medios de prueba presentados en
el procedimiento.
Lima, 18 de abril de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 319-2012/PS-INDECOPI-PIU del 10 de julio de 2012, el
Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al
Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Piura (en adelante,
ORPS) resolvió la denuncia interpuesta por la señora Lyes Meylyng Ruiz
Tang (en adelante, la señora Ruiz) contra BBVA Banco Continental S.A.1 (en
adelante, el Banco), en lo siguientes términos:
(i) Declaró infundada la denuncia en el extremo referido al cobro de
comisiones por la cancelación de un cheque a la señora Ruiz bajo los
conceptos de “cheque pagador en otra plaza” y “servicio de estudio de
poder de representación”, en tanto estos fueron informados a la
denunciante; y,
(ii) declaró fundada la denuncia en el extremo referido al cobro de la
comisión por concepto de estudio de poderes, tras concluir que el
Banco no acreditó que brindó dicho servicio. Por lo tanto, le ordenó, en
calidad de medida correctiva, que cumpla con extornar a la señora Ruiz
el importe de S/. 10,00; lo sancionó con una multa de 5 UIT y lo
condenó al pago de las costas y costos.
2. En atención a la apelación ambas partes, mediante Resolución 636-
2012/INDECOPI-PIU del 25 de setiembre de 2012, la Comisión de la Oficina
Regional del Indecopi de Piura (en adelante, la Comisión) confirmó la
1 RUC: 20100130204: Domicilio: Av enida República de Panamá 3055, Urb. El Palomar, Distrito de S an Isidro,
Provincia y Departamento de Lim a.

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