Sentencia nº 000272-2006/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 1 de Marzo de 2006

Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2006
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente1297-2004/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0272-2006/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 1297-2004/CPC
M-SDC-13/1E
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DENUNCIANTE : TRANSACCIONES ECONÓMICAS S.R.L.
(TRANSACCIONES ECONÓMICAS)
DENUNCIADO : BBVA BANCO CONTINENTAL (BANCO
CONTINENTAL)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD DEL SERVICIO
TÍTULOS VALORES
ACTIVIDAD : INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
Lima, 1 de marzo de 2006
ANTECEDENTES
El 22 de octubre de 2004, Transacciones Económicas denunció a Banco
Continental por infracciones a la Ley de Protección al Consumidor. La
denunciante señaló que el 1 de julio de 2004 giró un cheque por la suma de
S/. 840,00 con cargo a su cuenta corriente, el cual fue cobrado y pagado por
Banco Continental el 6 de julio de 2004, pese a que el día anterior le
comunicó que el cheque había sido extraviado, solicitando su bloqueo a
efectos de impedir su cancelación. Adicionalmente, señaló que Banco
Continental había pagado el cheque no obstante los endosos no cumplían
con las formalidades exigidas en la Ley de Títulos Valores.
El 9 de diciembre de 2004, la denunciada presentó sus descargos, indicando
que Transacciones Económicas no había cumplido con solicitar por escrito la
suspensión del pago del cheque, ni con interponer la respectiva demanda
judicial, requisitos exigidos en la Ley de Títulos Valores para tal efecto.
Mediante Resolución N° 420-2004/CPC del 6 de abril de 2005, la Comisión
declaró fundada la denuncia por infracciones a lo establecido en el artículo 8
de la Ley de Protección al Consumidor, señalando que Banco Continental no
había cumplido con brindar un servicio idóneo a la denunciante, toda vez
que había pagado el cheque girado pese a que se le había comunicado de
manera telefónica el extravío del mismo, y porque los endosos que contiene
el referido título valor no cumplen con las formalidades establecidas en la
Ley de Títulos Valores. En consecuencia, ordenó a Banco Continental que,
como medida correctiva, cumpla con extornar a la cuenta corriente de la
denunciante el valor del cheque extraviado. Finalmente, sancionó a la
denunciada con una multa de 2 UIT y dispuso que asuma el pago de las
costas y costos del procedimiento.
El 25 de abril de 2005, Banco Continental interpuso un recurso de apelación,
reiterando los argumentos que sustentaron sus descargos. Asimismo,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR