Sentencia nº 000248-2013/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 31 de Enero de 2013

Fecha de Resolución31 de Enero de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0106-2012/CPC-INDECOPI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENS A DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUA L
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 0248-2013/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 0106-2012/CPC-I NDECOPI-LAM
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LAMBAYEQUE
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADA : MARCELA DEL CARMEN CUBAS DÍAZ
MATERIAS : LIBRO DE RECLAMACIONES
DEBER DE INFORMACIÓN
ACTIVIDAD : VENTA MINORISTA PRODUCTOS TEXTILES,
CALZADO.
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo que halló
responsable a la señora Marcela del Carmen Cubas Díaz por infracción de
los artículos 150º y 151º del Código de Protección y Defensa del
Consumidor, al haber quedado acreditado que la denunciada no contaba
con un libro de reclamaciones ni exhibía el aviso que diera cuenta de la
existencia del mismo en su establecimiento.
SANCIÓN: Amonestación
Lima, 31 de enero de 2013
ANTECEDENTES
1. El 23 de noviembre de 2011, la Secretaría Técnica de la Comisión de la
Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque, realizó una diligencia de
inspección1 en el establecimiento comercial de la señora Marcela del Carmen
Cubas Díaz2 (en adelante, la señora Cubas), en la que se verificaron las
siguientes conductas:
(i) No contaba con un libro de reclamaciones en su establecimiento; y,
(ii) no contaba con el aviso del libro de reclamaciones.
2. Ante ello, mediante Resolución 0517-2012/INDECOPI-LAM del 30 de marzo
de 2012, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en
adelante, La Comisión), inició un procedimiento de oficio contra la señora
Cubas, por presuntas infracciones de los artículos 150º y 151º de la Ley
29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor3 (en adelante, el
1 A fojas 11 y 12 del expediente.
2 RUC: 1 0166923951. Domicilio fiscal: Avenida Balta Nº 1410, interior 417, Galería Ivanlika, Chiclayo, Chiclayo,
Lambayeque.
3 Publicado el 2 de septiembre de 2010 en el diario ofici al El Peruano. Entró en vigencia a los 30 días c alendario.
M-SPC-13/1B

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