Sentencia nº 000450-2013/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 11 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente160-2012/CEB
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Defen sa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0450-2013/SDC-IN DECOPI
EXPEDIENTE 000160-2012/CEB
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : TOURS DINAMIC KLJ S.A.C.
DENUNCIADO : MINISTERIO DE TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
MATERIA : BARRERAS BUROCRÁTICAS
LEGALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0239-2012/CEB-INDECOPI del 6 de
setiembre de 2012, que declaró barrera burocrática ilegal la suspensión del
otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de transporte
regular de personas en la red vial nacional al amparo de la Vigésimo Primera
Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento Nacional de
Administración de Transportes, medida que fuera opuesta a Tours Dinamic
KLJ S.A.C. a través del Oficio 3583-2012-MTC/15.
La ilegalidad radica en que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones no
ha acreditado que exista una ley o mandato judicial que lo faculte a
abstenerse de ejercer sus funciones administrativas o que se encuentre
pendiente una cuestión controvertida en sede judicial que deba ser resuelta
de manera previa al pronunciamiento de dicha entidad, por lo que la
suspensión contraviene lo dispuesto en los artículos 63.2, 64 y 106 de la Ley
Lima, 11 de marzo de 2013
I. ANTECEDENTES
1. El 28 de junio del 2012, Tour Dinamic KLJ S.A.C. (en adelante, la
denunciante) denunció al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en
adelante, MTC) ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (en
adelante, la Comisión) por la imposición de una presunta barrera burocrática
ilegal y/o carente de razonabilidad para prestar el servicio de transporte
público regular de personas en el ámbito nacional1, consistente en la
suspensión del otorgamiento de autorizaciones para prestar el servicio de
1 DECR ETO S UPREMO 017-2009-MTC. REGLAMENTO NACIONAL DE ADMI NISTRACIÓN DE
TRANSPORTES
Artículo 3.- Definiciones.- Para efectos de la aplicación de las dis posiciones contenidas en el presente
Reglamento, se entiende por:
(…)
3.68. Servicio de Transporte de ámbito Nacional: Aquel qu e se realiza para trasladar p ersonas y/o mercancías
entre c iudades o centros p oblados de provincias pertenecientes a regiones diferentes. En el caso del
transporte de mercancías se considera transporte de ámbito nacional también al transporte que se
realiza entre ciudades o centr os poblados de la misma región.
(…).

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