Sentencia nº 000225-2013/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 5 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente172-2011/CCO-INDECOPI-01-154
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala Especializada en Defensa d e la Competencia
RESOLUCIÓN 0225-2013/SD C-INDECOPI
EXPEDIENTE 172-2011/CCO-INDE COPI-01-154
M-SDC-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : CLUB UNIVERSITARIO DE DEPORTES
ACREEDOR : PABLO MONTES ORÉ
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS LABORALES
PRIMACÍA DE LA REALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DEPORTIVAS
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 5082-2012/CCO-INDECOPI del 16 de
agosto de 2012 y, reformándola, se DISPONE que la Comisión de
Procedimientos Concursales Lima Sur emita un pronunciamiento de fondo
respecto de la existencia, origen, titularidad y cuantía de los créditos de
origen laboral invocados por el señor Pablo Montes Oré frente a Club
Universitario de Deportes, previamente a lo cual deberá poner en
conocimiento del deudor la solicitud presentada por dicho administrado. La
razón es que, en aplicación del principio de primacía de la realidad, ante esta
instancia el solicitante ha presentado documentación que acredita el vínculo
laboral con el deudor y adjuntó una autoliquidación detallada de los créditos
invocados, conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema
Concursal, el TUPA del Indecopi y el precedente de observancia obligatoria I
aprobado por Resolución 088-97-TDC.
Lima, 5 de febrero de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 2155-2012/CCO-INDECOPI del 27 de marzo de 2012, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión)
declaró el inicio del procedimiento concursal ordinario de Club Universitario de
Deportes (en adelante, Club Universitario) al amparo de lo dispuesto por el
Decreto de Urgencia 010-2012, publicado en el diario oficial El Peruano el 4 de
marzo de 2012. El 11 de abril de 2012, se designó a Right Business S.A. (en
adelante, Right Business) como administrador temporal de Club Universitario,
situación que fue publicada en el diario oficial El Peruano el 9 de abril de 2012.
2. El 27 de abril de 2012, el señor Pablo Montes Oré (en adelante, el señor
Montes) solicitó ante la Comisión el reconocimiento de créditos de origen
laboral frente a Club Universitario ascendentes a S/. 3 215,00 por capital por
concepto de remuneraciones.
3. En sustento de su solicitud, el señor Montes presentó copia de los Recibos
de Egresos números 002290, 000231 y 00313 emitidos por la Tesorería de

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