Sentencia nº 002896-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 26 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente423-2009/CCO-INDECOPI-03-03
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 2896–2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 423-2009/CCO-I NDECOPI-03-03
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES DE
LIMA SUR
DEUDOR : TELE CABLE SIGLO 21 S.A.A. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : CAVALI S.A. ICLV
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITO COMERCIAL
ACTIVIDAD : INFORMACIÓN NO DISPONIBLE
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 3134-2010/CCO-INDECOPI del 7 de
mayo de 2010, en el extremo que declaró parcialmente infundado el
reconocimiento de créditos invocado por Cavali S.A. ICLV frente a Tele Cable
Siglo 21 S.A.A. en Liquidación ascendentes a US$ 4 608,73 por concepto de
intereses, modificando sus fundamentos, debido a que la documentación
que obra en el expediente permite calcular la cuantía de dichos créditos
desde la fecha en que el órgano jurisdiccional emitió la resolución judicial
que declaró fundada la demanda en el proceso judicial de obligación de dar
suma de dinero seguido por Cavali S.A. ICLV contra Tele Cable Siglo 21
S.A.A. en Liquidación.
Lima, 26 de octubre de 2010
ANTECEDENTES
1. El 28 de diciembre de 2009, la Comisión de Procedimientos Concursales (en
adelante, la Comisión) publicó en el diario oficial El Peruano la disolución y
liquidación de Tele Cable Siglo 21 S.A.A. en Liquidación (en adelante, Tele
Cable).
2. El 5 de febrero de 2010, Cavali S.A. ICLV (en adelante, Cavali) invocó el
reconocimiento de créditos de origen comercial ascendentes a US$ 6 478,08
por concepto de capital, derivados de una sentencia judicial firme emitida en
un proceso judicial de obligación de dar suma de dinero seguido por Cavali
contra Tele Cable. Asimismo, el referido acreedor invocó créditos ascendentes
a US$ 5 116,16 por concepto de intereses legales moratorios derivados de los
créditos invocado por concepto de capital, para lo cual presentó una
liquidación de parte de dichos intereses. El 1 de marzo de 2010, la Comisión
puso en conocimiento de la deudora la solicitud presentada, sin que esta
manifestara su posición con relación a los créditos invocados.
3. Por Resolución 3134-2010/CCO-INDECOPI del 7 de mayo de 2010, la
Comisión reconoció créditos a favor de Cavali frente a Tele Cable ascendentes
a US$ 6 478,08 por capital y US$ 507,43 por intereses, a los cuales otorgó el
quinto orden de preferencia, y asimismo declaró infundado el reconocimiento

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