ley 27616
- Ley número 27616 - Ley que restituye recursos a los Gobiernos Locales
- Ley número 27616 - Ley que restituye recursos a los Gobiernos Locales
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Resolución nº 2012_8_03708 de Tribunal Fiscal - Sección 7, de 14 de Marzo de 2012
Se revoca la apelada en el extremo que declaró infundado el recurso de reclamación formulado contra una Orden de Pago girada por el Impuesto al Patrimonio Vehicular, al tratarse de un vehículo remolcador cuya propiedad no se encuentra gravada con el impuesto. Se señala que la presente resolución constituye precedente de observancia obligatoria en cuanto al siguiente criterio: "El Impuesto al...
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Vigente
Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal.
... #Artículo modificado por el Artículo 1 de la Ley Nº 27616 (esta norma entrará en vigencia el 01-01-2002), publicada el 29-12-2001 ... ARTÍCULO 18 ... Los predios a que alude el presente ...
- Ley número 27963 - Ley que modifica el artículo 25° de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por el Decreto Legislativo N° 776, modificado por la Ley N° 27616
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Resolución nº 2016_10_00980 de Tribunal Fiscal - Sección 10, de 29 de Enero de 2016
Se acumulan nlos expedientes dado que guardan conexión entre si. Se declaran fundadas las apelaciones formuladas. Se debe señalar que según la Resolución del Tribunal Fiscal N° 03708-8-2012 publicada en el diario oficial El Peruano el 24 de marzo de 2012 como precedente de observancia obligatoria, ha establecido que "El Impuesto al Patrimonio Vehicular no grava la propiedad de los remolcadores o...
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Acuerdo nº 04-2012 de Tribunal Fiscal - Sala Plena, de 6 de Marzo de 2012
Determinar si el Impuesto al Patrimonio Vehicular grava la propiedad de los vehículos de la clase remolcador (tracto-camión) en aplicación de lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por el Decreto Legislativo N° 776, modificado por la Ley N° 27616, y recogido por el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo N° 156
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Resolución nº 2014_7_12386 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 15 de Octubre de 2014
Se revoca la apelada, que declaró infundada la reclamación formulada contra la Resolución de División, que a su vez declaró improcedente la solicitud de devolución de pagos indebidos respecto del Impuesto al Patrimonio Vehicular del año 2002, toda vez que los vehículos son remolcadores y de acuerdo con la Resolución del Tribunal Fiscal N° 03708-8-2012 publicada en el diario oficial El Peruano el 2
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Resolución nº 2013_11_07807 de Tribunal Fiscal - Sección 11, de 10 de Mayo de 2013
Se acumulan expedientes por guardar conexión entre sí. Se revocan las apeladas que declararon improcedentes las solicitudes de inafectación al Impuesto al Patrimonio Vehicular. Se indica que este Tribunal en la Resolución N° 03708-8-2012 publicada en el diario oficial "El Peruano" el 24 de marzo de 2012 como precedente de observancia obligatoria, ha establecido que el Impuesto al Patrimonio...
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Resolución nº 2007_5_03230 de Tribunal Fiscal - Sección 5, de 10 de Abril de 2007
Se confirma la apelada, que declaró improcedente su solicitud de inafectación del Impuesto al Patrimonio Vehicular del 2002 respecto de un vehículo dedicado al transporte público, atendiendo a que no se cumple con el requisito para el goce de dicha inafectación previsto en el inciso g) del artículo 37 de la Ley de Tributación Municipal, modificada por la Ley 27616, de que el vehículo tenga una...
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Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 1997/2012-CR, de 12 de Julio de 2013
Dictamen de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera recaído en el Proyecto de Ley No. 1997/2012-CR que modifica el artículo 29° de la Ley N° 27616, Ley que restituye recursos a los Gobiernos Locales.
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Resolución nº 2010_7_13181 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 25 de Octubre de 2010
Se confirma la apelada. Se indica que el artículo 1° de la Ley N° 27616, que modificó el artículo 30° de la Ley de Tributación Municipal, que grava con el Impuesto al Patrimonio Vehicular, la propiedad de los vehículos, automóviles, camionetas, station wagons, camiones, buses y ómnibuses, con una antigüedad no mayor de tres (3) años, computados a partir de la primera inscripción en el Registro de
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Resolución nº 2010_7_15021 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 24 de Noviembre de 2010
Se confirma la apelada. Se indica que el artículo 1° de la Ley N° 27616, que modificó el artículo 30° de la Ley de Tributación Municipal, que grava con el Impuesto al Patrimonio Vehicular, la propiedad de los vehículos, automóviles, camionetas, station wagons, camiones, buses y ómnibuses, con una antigüedad no mayor de tres (3) años, computados a partir de la primera inscripción en el Registro de
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Resolución nº 2013_11_14053 de Tribunal Fiscal - Sección 11, de 6 de Septiembre de 2013
Se declara fundada la apelación de puro derecho presentada contra las resoluciones de determinación y la resolución de multa emitidas por Impuesto al Patrimonio Vehicular y por la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176° del Código Tributario. Se indica que la Resolución del Tribunal Fiscal N° 03708-8-2012 publicada en el diario oficial "El Peruano" el 24 de marzo de 2012 como...
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Resolución nº 2013_7_05905 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 9 de Abril de 2013
Se declara fundada la apelación contra la resolución ficta de la denegatoria del recurso de reclamación contra la Resolución de División Nº 196-035-00000516, por cuanto dado que la Resolución de Departamento N° 066-023-00012234 no resultaba nula, no correspondía que la Administración emitiera la Resolución de División Nº 196-035-00000516, por lo que al no encontrarse ésta conforme a ley,...
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Resolución nº 2012_7_04669 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 29 de Marzo de 2012
Se revoca la apelada y se deja sin efecto la orden de pago impugnada por cuanto según la Resolución del Tribunal Fiscal N° 03708-8-2012 publicada en el diario oficial El Peruano el 24 de marzo de 2012 como precedente de observancia obligatoria, ha establecido que "El Impuesto al Patrimonio Vehicular no grava la propiedad de los remolcadores o tracto-camiones, la cual no se encuentra dentro del ámb
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Resolución nº 2012_7_12744 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 3 de Agosto de 2012
Se declara fundada la apelación de puro derecho y dejar sin efecto las resoluciones de determinacion por impuesto al patrimonio vehicular por cuanto la Resolucion del Tribunal Fiscal N° 03708-8-2012, de observancia obligatoria, ha establecido que el Impuesto al Patrimonio Vehicular no grava la propiedad de los remolcadores o tracto-camiones, la cual no se encuentra dentro del ámbito de aplicación
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Resolución nº 2012_7_05300 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 13 de Abril de 2012
Se revoca la apelada y se deja sin efecto el valor impugnado por cuanto según la Resolución del Tribunal Fiscal N° 03708-8-2012 publicada en el diario oficial El Peruano el 24 de marzo de 2012 como precedente de observancia obligatoria, ha establecido que "El Impuesto al Patrimonio Vehicular no grava la propiedad de los remolcadores o tracto-camiones, la cual no se encuentra dentro del ámbito de...
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Resolución nº 2012_7_12732 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 3 de Agosto de 2012
Se revoca la apelada respecto del Impuesto al patrimonio vehicular por cuanto la Resolución del Tribunal Fiscal N° 03708-8-2012, de observancia obligatoria, ha establecido que el Impuesto al Patrimonio Vehicular no grava la propiedad de los remolcadores o tracto-camiones, la cual no se encuentra dentro del ámbito de aplicación del artículo 30° de la Ley de Tributación Municipal aprobada por el...
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Resolución nº 2012_7_12734 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 3 de Agosto de 2012
Se revoca la apelada respecto del Impuesto al patrimonio vehicular por cuanto la Resolución del Tribunal Fiscal N° 03708-8-2012, de observancia obligatoria, ha establecido que el Impuesto al Patrimonio Vehicular no grava la propiedad de los remolcadores o tracto-camiones, la cual no se encuentra dentro del ámbito de aplicación del artículo 30° de la Ley de Tributación Municipal aprobada por el...
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Resolución nº 2013_7_00166 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 4 de Enero de 2013
Se acumulan expedientes por guardar conexión entre sí. Se revoca las apeladas y se deja sin efecto las órdenes de pago por impuesto al patrimonio vehicular por cuanto la Resolucion del Tribunal Fiscal N° 03708-8-2012, de observancia obligatoria, ha establecido que el Impuesto al Patrimonio Vehicular no grava la propiedad de los remolcadores o tracto-camiones, la cual no se encuentra dentro del ámb
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Resolución nº 2013_7_00396 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 9 de Enero de 2013
Se revoca la resolución apelada y se dejan sin efecto los valores impugnados, toda vez que según el criterio establecido por la Resolución del Tribunal Fiscal N° 03708-8-2012, de observancia obligatoria, El Impuesto al Patrimonio Vehicular no grava la propiedad de los remolcadores o tracto- camiones, la cual no se encuentra dentro del ámbito de aplicación del artículo 30° de la Ley de Tributación
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Resolución nº 2012_7_12742 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 3 de Agosto de 2012
Se revoca la apelada respecto del Impuesto al patrimonio vehicular por cuanto la Resolución del Tribunal Fiscal N° 03708-8-2012, de observancia obligatoria, ha establecido que el Impuesto al Patrimonio Vehicular no grava la propiedad de los remolcadores o tracto-camiones, la cual no se encuentra dentro del ámbito de aplicación del artículo 30° de la Ley de Tributacion Municipal aprobada por el...
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Resolución nº 2012_7_12738 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 3 de Agosto de 2012
Se revoca la apelada y se deja sin efecto las órdenes de pago por impuesto al patrimonio vehicular por cuanto la Resolucion del Tribunal Fiscal N° 03708-8-2012, de observancia obligatoria, ha establecido que el Impuesto al Patrimonio Vehicular no grava la propiedad de los remolcadores o tracto-camiones, la cual no se encuentra dentro del ámbito de aplicación del artículo 30° de la Ley de...
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Resolución nº 2012_7_05288 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 13 de Abril de 2012
Se revoca la apelada y se deja sin efecto el valor impugnado por cuanto según la Resolución del Tribunal Fiscal N° 03708-8-2012 publicada en el diario oficial El Peruano el 24 de marzo de 2012 como precedente de observancia obligatoria, ha establecido que "El Impuesto al Patrimonio Vehicular no grava la propiedad de los remolcadores o tracto-camiones, la cual no se encuentra dentro del ámbito de...