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La situación en Argentina hasta el año 1993 - II. La Ley N.° 24.240 - 1) El beneficiario de la ley - 2) Los sujetos obligados - 3) Otras cuestiones - III. La importancia de la Constitución Nacional de 1994 - IV. Las nuevas leyes N.° 24.568, 24.787 y 24.999 - V. Las condiciones de la oferta y venta - VI. Las cosas muebles no consumibles - VII. Los usuarios de servicios públicos domiciliarios - VIII. La responsabilidad por daños - IX. La validez de los contratos predispuestos - X. Sistema nacional de arbitraje de consumo - XI. Síntesis final
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...ARTÍCULO 929. APROPIACIÓN DE COSAS LIBRES. Las cosas que no pertenecen a nadie, como ... recaer sobre toda clase de bienes no consumibles, salvo lo dispuesto en los artículo 1018 a 1020. ...
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Las cosas como derechos - 37. Personas y cosas - 38. Cosas y bienes - 39. El patrimonio y las universalidades de bienes - II. La clasifi cación de los bienes - 40. Bienes corporales e incorporales - 41. Bienes públicos, privados y de nadie - 42. Bienes muebles e inmuebles. - 43. Otras clasifi caciones - 44. Conexión entre los bienes y entre los bienes y sus partes - III. Las relaciones jurídicas - 45. Noción - 46. Estructura básica - 47. Clasifi cación de las relaciones jurídicas
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Antecedentes de este artículo - 2. Sometimiento a reglas generales - 3. Contratos nominados e innominados (típicos y atípicos) - Definiciones - Tipicidad legal y tipicidad social - La atipicidad - Disciplina de los contratos atípicos híbridos - 4. Clasificación de los contratos - Por la prestación - Por la valoración - Por el riesgo - Por la estructura - Por el área - Por la autonomía - Por la formación - Por la regulación - Por la función - Por el tiempo - Por los sujetos obligados - Por la formación - Por el rol económico - Bibliografía
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Algunos supuestos de hecho - II. Las soluciones en el derecho español y chileno - III. Las prestaciones propias de cada producto o servicio en el Derecho argentino - IV. La reforma de la Ley 24.240 formulada por Ley 24.999
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Los servicios públicos en la unión europea.- II. Medidas recientes de la unión para incrementar la racionalidad Económica en los mecanismos de financia-ción de los servicios de interés económico general.- III. Reflexiones finales
... mencionados, se trata de bienes consumibles, que apenas permiten almacenamiento, o de servicio... del Tribunal de Justicia, entre otras cosas en lo que se refiere a los principios de igualdad ...
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La contratación con el consumidor en la Argentina - II. La ley argentina de defensa del consumidor - III. Alcances de la protección - IV. Integración a un sistema legal - V. Condiciones de oferta y venta - VI. Formas especiales de comercialización - VII. Información al consumidor - a) En la Constitución: - b) Antes de la Ley 24.240: - c) En la Ley 24.240 - d) Diferencias con la publicidad - VIII. Redacción de buena fe - IX. Interpretación - X. Ineficacia - XI. Nulidad - XII. Vicios redhibitorios - XIII. Los decretos 1798/94 y 561/99, reglamentarios de la - Ley de Defensa del Consumidor - XVI.Los contratos de consumo en el Perú
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Introducción. I. La publicidad. II. La regulación de la publicidad engañosa en la Unión Europea. 2.1. La noción del «consumidor medio» en la jurisprudencia del TJCE. 2.1.1. Mars. 2.1.2. Gut Springenheide. 2.1.3. Estée Lauder. 2.1.4. Darbo. 2.1.5. Toshiba. 2.1.6. Linhart. 2.2. Síntesis de los casos del TJCE. III. La Directiva 2005/29/CE sobre prácticas comerciales desleales: antecedentes y versión definitiva. 3.1. La Propuesta de Directiva de la Comisión Europea - El consumidor de referencia escogido. 3.2. Posición del Parlamento Europeo (1º Lectura). 3.3. Posición Común del Consejo Europeo de 15 de noviembre del 2004. 3.4. Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo acerca de la Posición Común del Consejo. 3.5. Posición del Parlamento (2º Lectura). 3.6. Versión final de la Directi...
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El postcontrato - II. Extinción de los contratos por declaración de una de las partes - III. Eficacia del pacto comisorio