articulo 1077 del codigo de comercio
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STC 2587/2007. EXP. N.° 9149-2006-PA/TC LIMA NELSON WEBERBAUER SALVATIERRA LAVADO - STC 2588/2007 EXP. N.° 00067-2006-PA/TC AREQUIPA HERNÁN FRANCISCO TITO PARQUI - STC 2589/2007 EXP. N.° 9359-2006-PA/TC LIMA INVERSIONES M Y S S.A.
... lo establecen los incisos 1) y 2) del Artículo 46 del Código Procesal Constitucional. En el pres... Superior de Justicia de Arequipa, de fojas 1077, su fecha 22 de mayo de 2006, que declaró infunda.... . El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo contesta la demanda alegando qu...
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Preliminares. II. El deliberadamente limitado rol de los jueces. III. Los demás poderes desean contar con jueces "legalistas". IV. Medición del comportamiento de los jueces (especialmente en los casos abiertos a la discreción judicial). V. La selección o nombramiento de jueces no es democrática. vi. jueces, académicos y abogados. VII. La formación de los jueces y el recurso a materiales que sirvan a su labor. VIII. ¿Qué clase de jueces queremos? IX. Ideas finales